FRANCISCO VELASCO CABALLERO
Catedrático de Derecho Administrativo
DERECHO URBANÍSTICO
EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Instituto de Derecho Local
Universidad Autónoma de Madrid
© Francisco Velasco Caballero
© Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid
Primera edición, 2016
Instituto de Derecho Local. Universidad Autónoma de Madrid
C/ Kelsen, 1 – 28049 Madrid
Diseño de portada: Beatriz Velasco Muñoz
ISBN digital: 978-84-686-8667-7
Impreso en España
Editado por Bubok Publishing S.L.
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Para la tercera generación: Jorge, Daniel, Pablo,
Gonzalo, Marina, Beatriz e Irene
ABREVIATURAS
AA Ámbito de actuación
AH Área homogénea
AUR Aprovechamiento unitario de reparto
AUS Aprovechamiento unitario del sector
CE Constitución Española
CE Coeficiente de edificabilidad
CES Coeficiente de edificabilidad del sector
EAM Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
ED Estudio de detalle
LBRL Ley reguladora de las Bases de Régimen Local
LEF Ley de Expropiación Forzosa
LHL Ley de Haciendas Locales
LOE Ley de Ordenación de la Edificación
LPAC Ley de Procedimiento Administrativo Común
LPHM Ley de Patrimonio Histórico de Madrid
LRJSP Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
LRRRU Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas
LSM Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid
LRSV Ley de Régimen del Suelo y Valoraciones
LPAP Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas
PE Plan especial
PG Plan general
PORN Plan de ordenación de los recursos naturales
PP Plan parcial
PR Proyecto de reparcelación
PRET Plan regional de estrategia territorial
PS Plan de sectorización
RBEL Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
RD Real Decreto
RDU Reglamento de Disciplina Urbanística
RGU Reglamento de Gestión Urbanística
RPU Reglamento de Planeamiento Urbanístico
RSCL Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
SU Suelo urbano
SUS Suelo urbanizable sectorizado
SUNS Suelo urbanizable no sectorizado
SNUP Suelo no urbanizable de protección
STC Sentencia del Tribunal Constitucional
STS Sentencia del Tribunal Supremo
STSJM Sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid
TRLCSP Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
TRLS 1976 Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976
TRLS 1992 Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992
TRLS 2008 Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008
TRLS 2015 Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2015
TRRL Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre Régimen Local
UE Unidad de ejecución
VPP Vivienda de protección pública
LEYENDA
Hace siete años, y para impartir la asignatura “Ordenación del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente”, comencé a tomar notas y dar estructura sistemática a lo que, pasados los años, llegaría a ser este libro. Así que este es un libro inicialmente concebido para la docencia.
Pero, con el tiempo, también he querido que el libro pudiera ser útil en otros ámbitos, profesionales y académicos. Para conjugar esta diversidad de fines y destinatarios, la exposición tiene varios niveles de lectura, diferenciados formalmente. El nivel expositivo básico, el propiamente destinado a estudiantes, está escrito con letra de tamaño ordinario. Complemento de estos textos son los ejemplos, todos extraídos de la realidad urbanística, que se integran en cuadros coloreados. Finalmente, en letra más pequeña he redactado párrafos con exposiciones de detalle (no propiamente destinadas a estudiantes). Unas veces para dar cuenta de debates doctrinales; otras veces para exponer puntos de vista críticos con las leyes o la jurisprudencia. Diferenciando el tipo de letra pretendo no confundir al lector. Pues una cosa es la explicación del Derecho urbanístico vigente, donde debe haber neutralidad expositiva, y otra cosa bien distinta es la discusión académica sobre el Derecho positivo, donde el autor puede ya renunciar a la neutralidad.
A lo largo del libro he intentado evitar la tendencia, frecuente en los libros de Derecho urbanístico, a la reproducción sistemática de textos normativos. A mi juicio, un libro de estudio no debe sustituir la lectura directa de las leyes: debe dar claves para entender las normas positivas, pero no incorporarlas como una parte más del texto. De ahí que, para sacar pleno rendimiento a este libro, deberá leerse teniendo al lado las leyes urbanísticas y de suelo, para confrontar lo que aquí se dice con el tenor literal de las normas que se pretende explicar. También he tratado de evitar, en la medida de lo posible, la copia de textos jurisprudenciales. En el libro hay frecuentes referencias a sentencias, sobre todo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. Esas sentencias se citan al hilo de una exposición o como fuente de un ejemplo, pero normalmente no se transcriben. En todo caso, cuando en el libro se transcriben literalmente textos normativos o jurisprudenciales, esto se hace siempre en cursiva, dejando así claro qué es redacción propia y qué ajena.
El libro está construido sobre el Derecho urbanístico propio de la Comunidad de Madrid. Es la estructura del Derecho urbanístico madrileño, y en especial de la Ley madrileña 9/2011, de 17 de julio, del Suelo, quien da forma sistemática al libro. A esta estructura expositiva se superpone, por arriba, el Derecho estatal sobre suelo y propiedad urbana (ahora, fundamentalmente el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana), fragmentario en su contenido y en la mayoría de sus normas no contrario a la ley madrileña. Por abajo, la Ley madrileña 9/2001 se complementa con los planes urbanísticos y las ordenanzas de cada municipio. A lo largo del libro se exponen diversos ejemplos de planes urbanísticos concretos, para ilustrar cómo es la concreción, en determinaciones de planeamiento, de las previsiones generales de las leyes. Sin duda que en la Comunidad de Madrid los planes urbanísticos más importantes son los de la ciudad de Madrid (en especial, su plan general). Sin embargo, los planes de la ciudad de Madrid se han utilizado aquí de forma cautelosa. Primero, porque el planeamiento general de la ciudad de Madrid aún data de 1997 y es, por tanto, anterior a la vigente Ley madrileña de Suelo. Y segundo, porque el nivel de complejidad del planeamiento madrileño es poco adecuado para un libro esencialmente destinado a la docencia, como el presente. En consecuencia, aparte de los planes madrileños, se han utilizado numerosos ejemplos de planeamiento de Tres Cantos, Móstoles, Alcalá de Henares, Aranjuez o Pozuelo de Alarcón.
Aunque los textos doctrinales que han inspirado este libro han sido muchos, algunos han tenido una influencia estructural. Son, por un lado, dos manuales sobre Derecho urbanístico madrileño directamente pensados para la enseñanza: el de mis compañeros Ángel Menéndez Rexach y Felipe Iglesias González (Lecciones de Derecho urbanístico de la Comunidad de Madrid, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2011) y el de Tomás Ramón Fernández Rodríguez y Juan Ramón Fernández Torres (Derecho Urbanístico de Madrid, Iustel, Madrid, 2004). A ellos añado un tratado verdaderamente excepcional, el de José María Baño León, (Derecho urbanístico común, Iustel, Madrid, 2009), que integra el Derecho estatal de suelo y los Derechos urbanísticos autonómicos en un único sistema conceptual. A estos tres libros, como a otros muchos textos doctrinales, hago múltiples referencias a lo largo de esta obra. Con todo, he intentado reducir las citas de autores a aquellos casos en los que utilizo un argumento de autoridad ante un planteamiento problemático.
Este libro es también un experimento editorial, tanto para el autor como para el Instituto de Derecho Local de la UAM. El libro se publica en formato dual (papel y electrónico) y por procedimiento de autoedición. Esta opción editorial responde a varias razones. La primera es la conveniencia de disponer de un soporte, el electrónico, que permita una nueva versión o edición del libro casi cada semestre, al compás de los continuos cambios que se producen en la realidad jurídica. La segunda razón es económica. El proceso de edición convencional proyecta sobre el precio final de los libros numerosos costes, lo que a la postre disuade de la adquisición a numerosos lectores potenciales, sobre todo a los estudiantes. Creo que por medio de la autoedición el precio de mercado será muy reducido. Veremos si el experimento sale bien. Si no, algo habremos aprendido por el camino.
Y ya por último, algunos agradecimientos. Primero, a los alumnos de la UAM que, a lo largo de varios cursos, han estudiado y hecho observaciones al texto antes incluso de tener formato de libro. También, como otras veces, a mis compañeros del Instituto de Derecho Local de la UAM, donde sí es posible lo que en la Universidad, en general, es imposible. Y esta vez, en especial, a Jorge Castillo Abella, becario del IDL, quien ha llevado por completo, de principio a fin, el proceso de autoedición.
Soto del Real, a 27 de diciembre de 2015